Califica FGE de ilegal la detención de dos extranjeros acusados de corrupción de menores en Cozumel

¿Qué se sabe del caso de corrupción de menores en Cozumel? La FGE del Estado. continúa investigando, por ahora califica ilegal la detención de dos sujetos.

Andrea Suárez
Policiaca
Corrupción de menores en Cozumel_ Califican de ilegal la detención de dos extranjeros relacionados con el caso
Crédito: Cortesía

La Fiscalía General de Quintana Roo calificó de ilegal la detención de dos hombres de origen extranjero por su probable participación en el delito de corrupción de menores en Cozumel. Esto es lo que se sabe hasta ahora del caso.

Por medio de un comunicado, la FGE de Quintana Roo, agregó que se seguirán las indagatorias por posible caso de corrupción de menores en Cozumel, esto con la finalidad de judicializar la carpeta de investigación sin detenido.

Además de ello, especificó que se busca “procurar justicia a los adolescentes inmiscuidos en este probable hecho constitutivo de un ilícito”.

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¿Qué se sabe del delito de corrupción de menores en Cozumel?

Fue el pasado 30 de septiembre cuando los elementos de Seguridad de Cozumel, detuvieron a Christian “N” y Reynaldo “N”, dentro de un domicilio ubicado en la 25 avenida, con 10 y 12 de la colonia centro de la isla.

Dentro de la vivienda también se encontraban cinco adolescentes, por lo que la FGE de Quintana Roo comunicó que se le realizarán exámenes toxicológicos, para la detección de sustancias ilícitas o alcohol, a fin de esclarecer este hecho.

Sin embargo, el pasado martes 3 de octubre, se informó por parte de la FGE del Estado que la detención de ambos sujetos, presuntos sospechosos de corrupción de menores en Cozumel, fue ilegal, tal como te contamos más arriba.

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[VIDEO] Los dos sujetos son de origen extranjero y en su domicilio encontraron a cinco menores, por lo que se le acusa de corrupción de menores en Cozumel.

Corrupción de menores un delito en Quintana Roo con pena de cárcel

Según el Código Penal de Quintana Roo en su Artículo 191, se especifica que la persona que cometa corrupción de menores en el Estado deberá de cumplir una pena de cuatro a once años de prisión, así como de cincuenta a doscientos días de multa y se le inhabilita para ser tutor.

“A quien facilite o induzca a una persona menor de dieciocho años de edad o que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, a realizar actos de exhibicionismo corporales o sexuales, prácticas sexuales, a consumir algún narcótico o bebida embriagante, a la comisión de algún delito o a formar parte de una asociación delictuosa, se le aplicarán de cuatro a once años de prisión, de cincuenta a doscientos días multa y se le inhabilita para ser tutor”, se lee en el Artículo 191.

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