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¿Cuánto te toca de utilidades si trabajaste 6 meses?

¿Llevas poco tiempo en tu empleo? Te decimos cuánto te toca de utilidades si trabajaste menos de 3 meses y cuáles son los requisitos de ley este 2026.

¿Cuánto te toca de utilidades si trabajaste 6 meses? ¿Cuánto te toca de utilidades si trabajaste 6 meses? (CRÉDITO: REDES SOCIALES)

La temporada delpago de utilidades 2026 está por comenzar y con ella surgen muchas dudas, especialmente para quienes son nuevos en sus empleos o dejaron su puesto hace poco, y es ¿Recibo utilidades si trabajé menos de tres meses? Aquí te explicamos qué dice la Ley Federal del Trabajo (LFT) y cómo calcular tu pago.

¿Tengo derecho a utilidades si trabajé menos de 3 meses?

La respuesta corta es , siempre y cuando hayas laborado al menos 60 días (dos meses) durante el año fiscal anterior, ya sea de forma continua o discontinua.

De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), los trabajadores que prestaron sus servicios por un periodo menor a 60 días en el año no tienen derecho a participar en el reparto de utilidades. Si cumpliste con este tiempo mínimo, aunque ya no trabajes en la empresa, tienes derecho a reclamar tu parte proporcional.

¿Cuándo es el pago del reparto de las utilidades? Conoce AQUÍ la fecha
¿Cuándo es el pago del reparto de las utilidades? Conoce AQUÍ la fecha ¿Cuándo es el pago del reparto de las utilidades? Conoce AQUÍ la fecha (CRÉDITO: EDICIÓN)

¿Cómo calcular cuánto me toca de utilidades?

El reparto de utilidades no es una cifra al azar; se divide en dos partes iguales que determinan tu pago final:

  1. Por días trabajados: El 50% de la utilidad se reparte entre todos los empleados según los días que cada uno laboró en el año, sin importar el sueldo.
  2. Por nivel de ingresos: El otro 50% se reparte en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

Si trabajaste solo 3 o 4 meses, tu pago será proporcional. Es decir, se sumarán tus días laborados y tu salario total de ese periodo para compararlo con el resto de la plantilla y asignar el monto correspondiente.

¿Quiénes NO reciben utilidades?

Es importante mencionar que la ley marca excepciones. No participan en el reparto:

  • Directores, administradores y gerentes generales.
  • Trabajadores domésticos.
  • Socios o accionistas de la empresa.
  • Prestadores de servicios profesionales (Honorarios/Freelance).
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