¿Si eres arrendador debes pagar impuestos? Esto dice el SAT

El SAT explica que si eres arrendador debes pagar impuestos, conoce los casos en los que debes declarar el ingreso de tus rentas.

Alejandra Cruz
Noticias
¿Si eres arrendador debes pagar impuestos Esto dice el SAT?

En México la renta de inmuebles es una situación común, más entre las nuevas generaciones, sin embargo, ¿si eres arrendador debes pagar impuestos? Esto dice el SAT al respecto.

Los expertos indicaron que al percibir un pago por renta de inmueble, el ciudadano genera un ingreso que debe ser declarado de manera pertinente ante las autoridades.

Estos ingresos se deben reportar ante el fisco, esto se debe a la obligación ciudadana que existe de pagar los impuestos sobre la renta. Motivo para incluir el ingreso ante tus declaraciones del SAT de la manera pertinente.

¿Si eres arrendador debes pagar impuestos? Esto dice el SAT

El coordinador de Comisiones Fiscales del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), Juan Ignacio Rivero, explicó:

La obligación del impuesto sobre la renta en principio es que todos los ingresos que tengas se tienen que declarar y todo lo que se declare tiene que pagar un impuesto”.

¿Cómo me doy de alta como arrendador?

La persona que dé en renta la casa, debe darse de alta y únicamente necesita su RFC en el régimen de ‘Arrendamiento’. O bien, incluirlo dentro de sus actividades mensuales y, posteriormente, presentarlo dentro de su declaración anual.

Cabe mencionar que el arrendador está obligado a presentar un Comprobante Fiscal Digital por Internet, que se le otorga a la persona que renta el inmueble. Este se obtiene con los siguientes pasos:

  • Ingresa a la página www.sat.gob.mx
  • Selecciona ‘Factura Electrónica’
  • Dirígete a ‘Generar Factura’
  • Captura la información solicitada
  • Da de alta a tus inquilinos

¿Cuánto debo pagarle al SAT si soy arrendador?

La cifra varía de acuerdo al inmueble, en algunos casos, se exenta el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

“Dependiendo del tipo de bien, puede ser sujeto de IVA o no sujeto de IVA, el arrendamiento de casa habitación es una actividad que está exenta para los efectos del Impuesto al Valor Agregado, todos los demás bienes automáticamente están gravados al 16 por ciento.”, indica Rivero.

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