La Navidad es una de las fechas más esperadas del año, pero para miles de trabajadores en Cancún, Playa del Carmen y el resto de Quintana Roo, el deber llama. Si este 25 de diciembre de 2025 te tocó trabajar, tenemos buenas noticias para tu bolsillo: la Ley Federal del Trabajo (LFT) te respalda para recibir una compensación económica extra por ser un día de descanso obligatorio. Estos son los detalles en TV Azteca Quintana Roo.
Muchos empleados tienen la duda de si el pago es igual para el 24 y el 25 de diciembre, o si realmente se paga "triple". Aquí te sacamos de dudas con la información oficial para que defiendas tu salario.
¿cómo deben pagarme si trabajo el 24 de diciembre?
Es una confusión común, pero es vital aclarar que el 24 de diciembre NO es un día de descanso obligatorio según la LFT. Para la ley, es un día laborable normal. Por lo tanto, si trabajas este día, tu pago será el ordinario.
¿Cómo se paga el 25 de diciembre según la Ley Federal del Trabajo?
De acuerdo con el artículo 75 de la LFT, los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso obligatorio como es el ejemplo de "Navidad". Sin embargo, si se llega a un acuerdo entre empleador y empleado para trabajar, el pago debe ser el siguiente:
- Tu salario diario normal: El pago que recibes por un día común de trabajo.
- Un salario doble adicional: Por ley, el patrón debe cubrir un pago doble por el servicio prestado en día festivo.
En términos prácticos, esto se traduce en un pago triple. Es decir, si ganas 500 pesos al día, por trabajar el 25 de diciembre deberás recibir un total de 1,500 pesos (tus 500 normales + 1,000 extras).
¿Qué hacer si no me pagan lo que corresponde?
Si trabajas este 25 de diciembre y tu empresa no cumple con el pago extra en la siguiente quincena, puedes acudir a la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) para recibir asesoría legal gratuita y realizar el reclamo correspondiente.
¿Cuáles son los días de descanso obligatorio en México?
En este mismo sentido y de acuerdo a la ley, los descansos obligatorios que como trabajador debes de tener:
- Año Nuevo: 1 de enero
- Día de la constitución Mexicana: 5 de febrero
- Natalicio de Benito Juárez: 21 de marzo
- Día del trabajo: 1 de mayo
- Día de la independencia de México: 16 de septiembre
- Aniversario de la revolución mexicana: 20 de noviembre
- El 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
- Navidad: 25 de diciembre
Libro del día: El club de la navidad
