El Senado de México aprobó por su amplia mayoría prohibir y sancionar penalmente las terapias de conversión en el país, aquellas que pretenden corregir la orientación sexual y la identidad de género de las personas.
Con 69 votos a favor, 2 en contra y 16 abstenciones, la cámara alta dio su visto bueno en lo general a un proyecto que reforma el Código Penal Federal y la Ley General de Salud, para prohibir las terapias de reorientación sexual, pero además, sancionar penalmente.
✅ Para eliminar las terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, con 69 votos a favor, 2 en contra y 16 abstenciones, se aprueba en lo general un dictamen que reforma el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.
— Senado de México (@senadomexicano) October 11, 2022
Mientras tanto, en lo particular, se emitieron 59 votos a favor, dos en contra y 15 abstenciones. Por lo que ahora, el dictamen será enviado a la Cámara de Diputados para su discusión.
De acuerdo al dictamen aprobado el martes 11 de octubre por el Senado, se prohíbe realizar, impartir, aplicar, obligar o financiar tratamientos, terapias, o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.
La propuesta adiciona un Capítulo IX denominado “Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas” al Código Penal Federal y un artículo 465 Bis a la Ley General de Salud.
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¿Cuál será la sanción para quien realice una terapia de conversión?
Se sancionará con dos a seis años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien realice, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento o terapia de orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.
Además, se propone que la sanción sea mayor cuando se trate de una persona menor de 18 años de edad o personas con discapacidad.
Por último, se les aplicarán las mismas penas para el personal de la salud que realice una terapia de conversión sexual y será supendido en su ejercicio profesional.
¿Qué es una terapia de conversión?
Las terapias de conversión busca cambiar la orientación sexual e identidad de género del paciente y se basan en la premisa científicamente desacreditada de que ser lesbiana, gay, bisexual o transgénero (LGBT) es un defecto o trastorno.
Por su parte, la Organización de las Naciones Unidas (ONU), las terapias de conversión “causan profundos traumas físicos y psicológicos a las personas que las sufren”.
Por ello, agencias especializadas de la ONU han concluido que “esas terapias pueden equivaler a tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes”.
Según datos de Naciones Unidas, al menos en 68 países se realizan terapias de conversión, destacando por su frecuencia naciones de América Latina y el Caribe, de África y de Asia.