¿En alguna ocasión has acudido a un establecimiento y te piden cumplir con una cuota? La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) aclara si los restaurantes y bares pueden exigir un consumo mínimo.
Bares, restaurantes y cafeterías han optado por cobrarle a los comensales un consumo mínimo para ofrecer el servicio. Si bien es una práctica común en el país, PROFECO aclara si es legal realizarla.
Cabe mencionar que en México, también se acostumbra exigir el costo de la propina dentro de las cuentas, así como definir el monto que debería otorgar los comensales.
¿Es legal exigir consumo mínimo a los comensales?
De acuerdo a la información proporcionada por la PROFECO, está prohibido que un establecimiento obligue a los clientes a cubrir una cuota mínima de consumo en restaurantes, bares y cafeterías.
Esto se debe a que una de las garantías que debe recibir el consumidor es el derecho a la elección. Aquí es donde se incluye la libertad de decir qué tanto compran en el lugar.
De esta manera se garantiza que no sean obligados a consumir un producto o servicio que no es requerido por ellos mismos.
¿Pueden negar o condicionar el servicio?
De acuerdo a lo que señala el artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, ni los proveedores de bienes, servicios o productos, no pueden negar el servicio:
“... no podrá negarlos o condicionarlos al consumidor por razones de género, nacionalidad, étnicas, preferencia sexual, religiosas o cualquiera otra particularidad”, señala la Ley.
A esto se suma que no pueden seleccionar a su clientela, ni condicionar el consumo, reservar el derecho de admisión o excluir a personas con discapacidad.
¿Qué hacer si me exigen el consumo mínimo?
Los consumidores pueden denunciar ante la PROFECO, por medio de redes sociales como Facebook y Twitter, por medio del correo electrónico denunciasprofeco@profeco.gob.mx o al teléfono 5555688722.
Se les solicitarán proporcionar los siguientes datos:
- Nombre del proveedor
- Dirección completa (calle, colonia, municipio, código postal y estado).
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