La pensión por viudez es el derecho que tienen los esposos o concubinos por el trabajo del fallecido, mismo que no debe de restringirse si el viudo o viuda, ahora se encuentra casado nuevamente, así lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La SCJN estableció que condicionar la pensión a un estado civil es injustificado, ya que toda persona tiene derecho a formar una familia.
“Si bien el artículo combatido, en estricto sentido, no prohíbe la conformación de una nueva familia, lo cierto es que al restringir el derecho a seguir percibiendo una pensión de viudez con motivo de haber contraído nuevas nupcias o vivir en concubinato, se constituye en una forma de discriminación por motivos del estado civil de las personas prohibido por el artículo primero de la Constitución”, indicó la SCJN.
Cabe destacar que esta fue la respuesta al proyecto presentado por una ministra , quien determinó como inconstitucional que se establezca que el viudo o viuda que forme una nueva familia, seguirá recibiendo la pensión por viudez.
Gana amparo contra la pensión por viudez
Cabe destacar que este tema se tornó a la Suprema Corte, después de un amparo promovido por un hombre identificado como Caamal, quien perdió a su pareja en el 2011 y comenzó a cobrar la pensión por viudez del ISSSTE.
Tres años después de permanecer viudo, Caamal volvió a contraer matrimonio, por lo que el instituto dejó de pagarle la prestación.
Finalmente, con la resolución de la SCJN, esté hombre ganó el amparo y seguirá cobrando la pensión por viudez.
Cabe destacar que el caso llegó hasta la Suprema Corte donde 11 años después se resolvió que debían pagarle su pensión a pesar de haberse casado de nuevo.
“La normativa aplicada hace una distinción injustificada para gozar del derecho a la pensión de viudez, al establecer una diferencia entre aquellas personas que, con posterioridad al fallecimiento de su pareja, deciden voluntariamente conformar una nueva relación de matrimonio o concubinato, frente aquellas que deciden permanecer en dicho estado de viudez”, determinó la SCJN en favor de Caamal.