La gobernadora de Quintana Roo, Mara Lezama, compartió que la Procuraduría de Protección al Ambiente (PPA) clausuró basureros clandestinos localizados detrás del fraccionamiento Bali en Chetumal.
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De acuerdo con las autoridades, las dependencias relacionadas, como la Coordinación Estatal de Protección Civil, los Bomberos, la policía de Tránsito y el Instituto de Movilidad de Quintana Roo (IMOVEQROO), realizaron un operativo para poder proceder al cierre de estos lugares.
Durante el operativo, se encontraron sitios donde llegan volquetes a tirar material de construcción, que posteriormente es incinerado, ocasionando un problema de salud para los vecinos que viven en los alrededores.
Cabe mencionar que las autoridades correspondientes llevarán a cabo una investigación a fondo para dar con los presuntos responsables. Asimismo, se procederá a hacer las notificaciones a los propietarios de esos predios, quienes también tienen responsabilidad.
¿Cuáles son las sanciones que se aplican por crear basureros clandestinos?
La PPA ha compartido que la disposición ilegal de residuos en zonas no autorizadas, de acuerdo a los Artículos 21, 101, 109, 112, inciso a, así como el 113 y 114 de la Ley para la Prevención, Gestión Integral y Economía Circular de los Residuos del Estado de Quintana Roo, tiene sanciones económicas, como lo es una multa de 10 mil a 40 mil UMAs, así como el decomiso de vehículos.
De igual manera, indican que aplican sanciones administrativas como la remediación y el veto de 5 a 10 años de los sitios no autorizados, en los que se abandonen y dispongan residuos cualesquiera que sea su tipo o característica, en la vía pública, predios baldíos, cenotes, ríos subterráneos, manglares, ductos de drenaje y alcantarillado, en cuerpos de agua; cavidades subterráneas, áreas naturales protegidas y zonas de conservación ecológica, de exclusión, rurales y cerca de aeródromos y aeropuertos.
Por otra parte, las medidas en materia ambiental indican que cuando hay un cambio ilegal de uso de suelo forestal, ya sea procediendo al retiro, chapeo, desmonte, parcial o total de vegetación de estos terrenos sin autorización, amerita multas de hasta 30 mil veces la Unidad de Medida y Actualización, así como el decomiso y aseguran de instrumentos, maquinaria o vehículos: de igual manera enfrentan sanciones penales ante la Fiscalía General de la República, esto con fundamento en los Artículos 28 fracción VII, IV, X, y XI de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; también se aplica el Artículo 93 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
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